De nuevo sobre el plan de estudios
La ilustre Facultad de Derecho de la Universidad Externado de Colombia haría bien si aprovecha el proyecto de reforma del plan de estudios para promover su verdadera modernización.
Por: Néstor Osuna.
Profesor ordinario de la Universidad Externado de Colombia.
Hace unos días se le presentó a la comunidad académica un proyecto de reforma al plan de estudios de Derecho, elaborado por una comisión que, bajo cierta reserva, había sido convocada por la Decana para ese efecto y que tiene como novedad importante la propuesta de semestralización de la carrera. Quien esto escribe ha propugnado en varias ocasiones por esa semestralización, siempre bajo el criterio de que no se trata de un fin en sí mismo, sino de una herramienta adecuada para la modernización de la Facultad, porque permite una depuración del contenido de las asignaturas tradicionales (mal podría consistir en la simple división de las materias actuales en dos), favorece la incorporación de nuevos contenidos, es compatible con la flexibilidad y la interdisciplinariedad que hoy se imponen en la vida universitaria y remoza el compromiso del cuerpo docente con su labor, ante la necesidad de salir adelante de modo exitoso con un proyecto renovado.
Sin embargo, el proyecto se queda corto en la flexibilidad y la interdisciplinariedad que promete y mantiene una estructura de asignaturas tremendamente rígida, con lo cual el sistema de créditos académicos seguiría siendo, como hasta hoy, un simple asunto administrativo de conteo de horas para presentar en documentos oficiales y no una modalidad de educación universitaria abierta a la flexibilidad, en la que algunas asignaturas son esenciales o troncales y por tanto obligatorias, pero otras, las más, son complementarias y electivas. Así, los estudiantes podrían decidir si le apuntan a una formación jurídica de tipo general o si, a cambio, prefieren profundizar en alguna de las ramas específicas de la profesión jurídica, o bien asumir la posibilidad de doble titulación.
También se advierte la necesidad de incorporar en el currículo la posibilidad de que los estudiantes se vinculen a proyectos de investigación, obviamente con obtención de créditos académicos, pues la Facultad no puede ser simplemente una escuela de transmisión de conocimientos sino el foro por excelencia para la creación de los mismos.
De igual modo, se observa que algunas de las asignaturas que se presentan como nuevas no son esenciales para la formación de todo abogado y por tanto deberían ser electivas y no obligatorias, que se mantienen contenidos repetidos en el área de Derecho Privado y que se desoye, sin justificación alguna, el clamor de numerosos profesores y estudiantes por darle a los derechos humanos mayor cabida en el plan de estudios.
Así las cosas, el proyecto presentado no puede asumirse más que como el punto de partida para una modernización genuina de la Facultad. No es conveniente, ni realista, andarse ahora con prisas y pretender que en este fatídico año 2020 quede aprobado el asunto, sin suficiente deliberación, escrutinio y maduración por la comunidad académica. Estamos además en una coyuntura de emergencia por la pandemia del coronavirus, que dificulta enormemente la comunicación adecuada entre los protagonistas de la vida universitaria. Esto es algo muy serio que no podemos despachar en un par de reuniones por Zoom.
Además, hay que tener en cuenta que un nuevo plan de estudios acarreará, por necesidad, una reflexión profunda sobre los métodos de enseñanza, una reforma al reglamento de la facultad, un estatuto docente acorde con la flexibilidad y la interdisiciplinariedad prometidas y, también, por supuesto, una reorganización administrativa de la Facultad.
Aquí va un abrebocas de preguntas que tendremos que responder antes de darle carpetazo al proyecto presentado: ¿Se va a conservar la norma según la cual se pierde al año/semestre por la pérdida de más de dos asignaturas y obligaremos a los estudiantes a repetir unos créditos que ya aprobaron? ¿Vamos a seguir evaluando de modo casi puramente memorístico? ¿Vamos a implementar la figura de los docentes asistentes de cátedra, distintos a los titulares? ¿Un profesor o profesora podría dedicarse exclusivamente a la investigación y otro u otra sólo a la docencia? ¿Cómo se articulan las funciones entre la decanatura y las direcciones de departamentos? ¿Vamos hacia una decanatura con funciones administrativas y unos departamentos con funciones académicas, o todo lo contrario?
¡Es evidente que seguiremos discutiendo esto incluso el año entrante!
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