• 2024-12-02
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La institucionalización del Externado

Por: Saúl Sotomonte.
Profesor emérito de la Universidad Externado de Colombia.
La técnica de la “personificación Jurídica” en las actividades particulares se da en los entes con ánimo de lucro como son las “Sociedades Comerciales” y los sin ánimo de lucro como son “las Fundaciones”. A diferencia de las primeras que tienen propietarios, éstas tienen “beneficiarios”, y por lo tanto no distribuyen utilidad alguna sino beneficios a quienes acceden a su llamado, y por eso los integrantes de su Gobierno no pueden percibir algo más allá de los sueldos asignados.
Saúl Sotomonte, profesor emérito de la Universidad Externado de Colombia.
Así como en las “Sociedades Comerciales” se exige transparencia y un Gobierno Corporativo bien establecido, en “las Fundaciones”, se tiene que ser mucho más exigente en todos los órdenes puesto que allí no opera la voluntad de los propietarios, sino los deberes y obligaciones de los encargados del “Gobierno Institucional”. Razón por la cual no toda persona está en condiciones de asumir tal responsabilidad. Si para las sociedades comerciales se exige un sistema de información, de participación y de control que de seguridad a todos los interesados, especialmente a sus propietarios, con mayor razón se ha de exigir para “Las Fundaciones”. Razón de más para que la información requerida deba ser veraz, completa, clara y oportuna sin restricción alguna. Cuando en las “Fundaciones” no se da una dirección y administración organizadas, claras y transparentes como corresponde a los parámetros de la ética en la gestión de lo ajeno, se incurre en abuso de poder, lo que puede causar perjuicios a los “beneficiarios” y a la comunidad en general. En los términos más positivos queremos trasladar el anterior análisis a la situación de “La Fundación Universidad Externado de Colombia”, destacando las siguientes particularidades:
    1. Se fundó atendiendo un llamado por la democracia, la tolerancia y el respeto por las ideas ajenas, partiendo de la observancia de una conducta pública y privada intachable.
    2. Dentro de su organización tiene previsto el cargo de “Rector”, representante legal de la persona jurídica. “El Consejo Directivo”, como máximo órgano del Gobierno de la institución y como tal nombra al Rector, y en el cual están representados los profesores y los estudiantes. “El Consejo de Profesores y el Consejo Estudiantil”, quienes son los encargados de designar al Consejo Directivo. Tiene, además, la Secretaria General y la Revisoría Fiscal.
    3. La Universidad fue fundada en l.885 tan sólo con la Facultad de Derecho y con aproximadamente treinta estudiantes, y además el trabajo profesoral era ad-honorem. Para estos tiempos las cosas han cambiado.
      • La Universidad tiene algo más de diez facultades y un gran número de cursos de Especialización y de Maestrías, así como de Doctorado. Cuenta con cerca de 15.000 estudiantes.
      • Desde el punto de vista patrimonial, la Universidad se ha consolidado de manera importante.
      • La universidad tiene una planta profesoral de más de mil personas lo que hace necesario el Estatuto Profesoral, así como la reglamentación de becas para adelantar estudios fuera del país.
      • Tiene importantes acuerdos internacionales.
Lo anterior y demás requerimientos del mundo moderno hacen que los estatutos de la Universidad previstos para el Siglo XIX se actualicen, buscando su democratización y transparencia en todo nuestro actuar, así como la debida asignación de funciones y las responsabilidades del caso. En próximas entregas presentaremos nuestras sugerencias sobre el particular.

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