• 2024-12-14
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¿Pleito gratuito pleito maldito?

Cuando superemos ese “materialismo” en el que se está sumiendo la profesión, seremos más y mejores abogados.

Por: Juan Pablo Estrada.
Profesor de la Universidad Externado de Colombia.
El título de esta columna da cuenta de tal vez una de las más cacareadas frases de los abogados litigantes. En efecto, casi con superstición, como con acierto lo refiere la profesora Ana Bejarano Ricaurte en un interesante artículo denominado “El Trabajo Pro Bono en Colombia”[1], quienes ejercemos la profesión sostenemos que aceptar un encargo profesional sin pactar remuneración alguna garantiza las dificultades, enredos y mal suceso del trámite. Aunque la experiencia, que como decía Oscar Wilde “no es otra cosa que el nombre que le damos a nuestras equivocaciones”, me hacía creer con fanatismo en esa sentencia de nuestra picaresca jurídica, llevo varios años haciendo caso omiso de la misma y atendiendo asuntos sin cobrar emolumento alguno y debo confesar que no solo no han resultado pleitos malditos, sino actuaciones sumamente gratificantes. La función social de nuestra profesión ve en el trabajo pro bono una de sus más importantes manifestaciones. En efecto, el acceso a la justicia no solo comprende la oportuna atención por parte de la rama judicial de los reclamos de los ciudadanos, sino también comporta la ruptura de esa odiosa asimetría atada a la capacidad económica de quien se ve sumergido en una controversia legal. Y es que un asunto que para una reputada firma de abogados o para un destacado litigante no resulta atractivo en términos económicos, puede ser todo para un ciudadano de escasos recursos, que termina en manos de tinterillos, empíricos o colegas sin la trayectoria y experiencia para atender el asunto en concreto, que no solo le quitan unos buenos pesos en algunos casos por solo fusilar un modelo de tutela o de derecho de petición, sino que lo hacen mal, restando posibilidades a un reclamo justo y fundado. Como lo refiere la profesora Bejarano en la publicación ya referida, no existe legislación que imponga esa obligación a los litigantes ni tampoco un Colegio de Abogados que se ocupe del tema, que sería lo deseable.  Por eso la tarea que viene cumpliendo la Fundación Pro Bono -FPB-, creada en el 2009, entre otros por la abogada Paula Samper, con el apoyo decidido de varias de las más importantes firmas de abogados, amerita ser destacada.
Juan Pablo Estrada, profesor de la Universidad Externado de Colombia.
Esta organización sin ánimo de lucro, es pionera en la organización de un servicio legal gratuito para personas de escasos recursos. La fundación se encarga de coordinar y clasificar los casos, para luego remitirlos a los profesionales de las firmas que son miembros de la misma, quienes se harán cargo del asunto bajo los mimos parámetros con los que se atienden los asuntos de los demás clientes de la firma. Me valgo de esta columna para invitar a los litigantes Externadistas a sumarse a esta causa que sirve para propender por un verdadero acceso a la justicia, entendido este como la posibilidad de que todo ciudadano pueda obtener una resolución igual a un problema legal semejante sin que su condición económica sea determinante.[2] No faltará quien siga creyendo en lo de pleito gratuito pleito maldito pero en la medida en que superemos ese “materialismo” en el que como el aluvión, lenta e imperceptiblemente, se está sumiendo la profesión, seremos más y mejores abogados. Porque como dice otro refrán “el que piensa que la plata lo es todo, termina haciendo de todo por la plata”. Para más información www.probono.org.co [1] El Acesso a la Justicia: teoría y práctica desde una perspectiva comparada. Daniel Bonilla y Colin Crawford. Universidad de los Andes. Siglo del Hombre Editores 2019. [2] Rebeca L Sandefut, The Fulcrum Point of Equal Accses to Justice: Legal and Nonlegal Institutions of Renedy, citada por la profesora Bejarano Ricaurte en su publicación.

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